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Coca-Cola Femsa solicita protección contra nuevo etiquetado

Coca-Cola Femsa espera la resolución de un amparo contra el ley de etiquetado promulgada en marzo de 2020 y advierte que esta reforma podría tener un impacto en su negocio en el país.

“La Compañía ha presentado un juicio de amparo contra esta reforma, que se encuentra pendiente de resolución. La Compañía no puede asegurar que esta reforma no tendrá un efecto adverso en su negocio y los resultados de sus operaciones en México ”, dijo la firma a la Bolsa de valores mexicana.

Coca-Cola explicó que nueva ley de etiquetado establece que a partir del 1 de octubre de 2020, todo el portafolio de la empresa, excepto agua, deberá cumplir con estos nuevos lineamientos de etiquetado, lo anterior aun cuando los Productos etiquetados en cumplimiento de lo anterior NOMBRE-051 puede permanecer en el mercado hasta el 30 de noviembre de 2020.

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La empresa recordó que también interpuso otro amparo contra la Ley de Prevención y Manejo Integral de Residuos Sólidos, publicado en junio de 2019 en Oaxaca, para prohibir el uso, venta y distribución de botellas de resina PET de un solo uso para botellas de agua y cualquier otra bebida en dicha entidad.

“Como resultado, el 30 de julio de 2019, dos de las subsidiarias mexicanas de la Compañía interpusieron una demanda de amparo contra esta reforma y solicitaron una suspensión provisional, la cual fue denegada. Este proceso continúa y está pendiente de resolución. La empresa no puede asegurar que las acciones legales que emprenda tendrán el efecto deseado, o que la reforma no tendrá un impacto material en su negocio y los resultados de sus operaciones en México ”, dijo la empresa.

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Nuevo etiquetado

Este nuevo etiquetado llegó a los envases de los alimentos con mayor contenido calórico, azúcar, grasas y sodio.

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Actualmente, son varios los alimentos y bebidas preenvasados ​​que traen y cumplen con el nuevo etiquetado, el cual será obligatorio a partir del 1 de octubre, aunque no habrá sanciones para quienes incumplan entre ahora y el 30 de noviembre, es decir, hay 60 días de gracia.

Esto debe lograrse bajo el Norma Oficial Mexicana 51 Alimentos NOM-051-SCFI / SSA-2010, que requiere especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, información comercial y de salud en la que se solicita alertar al consumidor con sellos negros en forma de octágonos sobre el contenido en exceso de azúcares, grasas, sodio, calorías y grasas saturadas.

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